Ajuste por Inflación
La norma correspondiente al Impuesto Sobre la Renta, establece que las personas naturales, las compañías anónimas, las sociedades de responsabilidad limitada, las sociedades en nombre colectivo, en comandita simple, las comunidades, los titulares de enriquecimientos provenientes de actividades de hidrocarburos, quienes obtengan enriquecimientos derivados de la exportación de minerales, de hidrocarburos o de sus derivados, las asociaciones, fundaciones, corporaciones y los establecimientos permanentes en el territorio nacional, que hayan iniciado sus operaciones a partir del 1 de enero del año 1993, y estén obligados a llevar libros contables, deberán realizar una actualización de sus activos conforme a la inflación del país, y en base a esta es que se realizará la contribución.
El
Reajuste regular por inflación constituye el ajuste anual por inflación de los sujetos mencionados anteriormente.
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